miércoles, 18 de noviembre de 2009

Legislación mercantil

Las operaciones mercantiles se encuentran reguladas por las leyes que rigen el comercio y las empresas, así como por el Código Civil. Las principales entidades legales que pueden constituirse son las siguientes:
• corporaciones;
• compañías de responsabilidad limitada;
• sucursales de corporaciones extranjeras;
• compañías en nombre colectivo;
• compañías en comandita simple;
• compañías de economía mixta; y,
• compañía holding o tenedora de acciones.
Las corporaciones extranjeras pueden establecer sucursales en el país después de haber cumplido con los procedimientos, requisitos y solicitudes especiales de domiciliación; estas corporaciones no pueden ser accionistas de compañías ecuatorianas de responsabilidad limitada.
Todos los tipos de empresas de negocios están sujetas a los reglamentos específicos de la Superintendencia de Compañías, entidad que revisa los estados financieros anuales y asegura el cumplimiento de las regulaciones existentes. Por su parte, todas las instituciones financieras están reguladas por la Superintendencia de Bancos.

Corporación.
Conocida en Ecuador como "sociedad anónima", la corporación es una compañía cuyo capital se encuentra dividido en acciones que pueden ser negociadas públicamente. Este capital accionarial debe estar repartido al menos entre dos accionistas, a no ser que la compañía pertenezca en parte a una organización gubernamental y/o provea algún servicio público; en tales casos el capital puede pertenecer a un único accionista.

Compañía en nombre colectivo. Es una empresa formada y poseída por dos o más personas. Todos los socios de esta empresa pueden participar en la conducción y administración del negocio a menos que se estipule lo contrario en su constitución. Si sólo algunos socios están autorizados a actuar como administradores, entonces sólo sus actos y decisiones obligan a la empresa.

Compañía en comandita simple. Una compañía en comandita simple tiene dos tipos de socios: socios colectivos y socios comanditarios o limitados. Los socios colectivos proveen el capital y son responsables de la dirección del negocio mancomunada y solidariamente.

Compañías de economía mixta. Estas corporaciones son una combinación de empresa privada y estatal; generalmente se organizan para prestar un servicio público o para dirigir un proyecto de desarrollo. Dados estos propósitos, en ocasiones hay una disposición por la cual el Gobierno puede comprar la participación privada y viceversa. La corporación está sujeta a los mismos requisitos y regulaciones que otras corporaciones privadas, así como también a las regulaciones de la Superintendencia de Compañías.

Compañía holding o tenedora de acciones. Es la que tiene por objeto la compra de acciones o participaciones de otras compañías con la finalidad de vincularlas y ejercer su control a través la propiedad accionarial, gestión, administración, responsabilidad crediticia o resultados y conformar así un grupo empresarial. Estas compañías deberán mantener estados financieros individuales para fines de control, utilidades repartibles a trabajadores y pagos de impuestos

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